Infografía Prevención Blanqueo de Capitales

Infografía Prevención Blanqueo de Capitales

 

Hay muchas maneras de tener problemas con la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, y no todas pasan, necesariamente, por ser un mafioso, un defraudador, un narcotraficante, o un recaudador de fondos para armas y explosivos.

Lo normal, a decir verdad, es que tengan mayores problemas con esta ley los administradores de empresas o comunidades de bienes que se dediquen a gestionar patrimonios o actividades mercantiles y desconozcan las obligaciones de información que impone esta norma jurídica.

Por ejemplo, es importante saber en qué casos hay que informar a la administración sobre movimientos de dinero, valores, joyas, obras de arte, y quiénes deben ser los titulares y responsables de esas operaciones.

Como las sanciones que contempla la Ley no son moco de pavo ni mucho menos, os dejamos aquí un enlace a la propia Ley (SEPLAC) y a una empresa especializada en arreglar todos los problemas que puedan surgir de su aplicación. (Conversia). El tema tiene tantas aristas y vericuetos que no basta con un asesor fiscal cualquiera, así que más vale tratar con quien se ha especializado en ello.

En principio se debería suponer que no es un tema que deba preocupar a un profesional honrado, pero como España no está precisamente en su mejor momento en cuanto a reputación sobre limpieza y transparencia en operaciones financieras, las autoridades internacionales siguen con particular atención nuestros movimientos de dinero y objetos de valor.

O sea que, ya veis, al final sí que nos afecta a título particular, y no sólo de manera colectiva, la escalada de mamoneo de nuestros políticos, instituciones y demás fauna parasitaria.

Y no me hagáis poner ejemplos…

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